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Revender · 6 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

Cómo calcular el precio de venta con IVA y recargo de equivalencia, paso a paso

En resumen

Para fijar el precio de venta, parte del coste real: en régimen general es el precio sin IVA, porque ese IVA lo recuperas; en recargo de equivalencia es el precio con IVA y recargo, porque no lo recuperas. Súmale lo que quieres ganar o divide por (1 − margen) y, en régimen general, añade el IVA al final. Con un 21 % de IVA, el recargo es del 5,2 %.

Antes de calcular: ¿en qué régimen estás?

El cálculo cambia según cómo tributes en el IVA, así que lo primero es saberlo.

  • Régimen general. Cobras el IVA a tus clientes, descuentas el que pagas en tus compras y declaras la diferencia a Hacienda. Es el régimen de las sociedades y, en general, de los autónomos que no son comerciantes minoristas. Algunas actividades pueden tributar además en el régimen simplificado.
  • Recargo de equivalencia. Según la Agencia Tributaria, se aplica a los comerciantes minoristas que son personas físicas o entidades en atribución de rentas, como las comunidades de bienes. Minorista, a estos efectos, es quien vende habitualmente sin transformar el producto y destinó más del 80 % de sus ventas del año anterior a consumidores finales. Si no cumples los requisitos, se aplica el régimen general. No es una opción que se elija: si encajas, se te aplica.

En recargo, tu proveedor te cobra el IVA más un recargo, tú no presentas declaraciones de IVA por esas ventas y no puedes deducir el IVA de tus compras. Lo explicamos con detalle en el glosario: recargo de equivalencia.

Un aviso para quien revende: la Agencia Tributaria excluye del recargo los bienes que hayan sido utilizados por el vendedor o por terceros antes de venderlos. Si revendes artículos abiertos o probados, consulta con tu asesoría cómo tributan.

Las fórmulas que vas a usar

Con el tipo general del 21 %, que es el que fija la Ley del IVA para todo lo que no tenga un tipo reducido expreso:

Quiero…FórmulaEjemplo
Quitar el IVA a un precioPrecio ÷ 1,2136,30 ÷ 1,21 = 30,00 €
Saber cuánto IVA lleva un precioPrecio − (precio ÷ 1,21)36,30 − 30,00 = 6,30 €
Añadir el IVABase × 1,2130,00 × 1,21 = 36,30 €
Coste con IVA y recargo del 5,2 %Base × 1,26220,00 × 1,262 = 25,24 €
Precio para un margen sobre la ventaCoste ÷ (1 − margen)20,00 ÷ 0,70 = 28,57 €

Si el artículo lleva un tipo reducido, cambia 1,21 por 1,10 o por 1,04, y el recargo pasa a ser del 1,4 % o del 0,5 %.

Paso 1: calcula el coste real

Supón que a un artículo le corresponde un coste de 20 € más IVA, ya sea su precio de compra o la parte que le toca de un lote. Si no sabes cómo repartir lo que pagaste por una caja entre sus artículos, mira el margen de reventa.

  • En régimen general, tu coste es 20,00 €. Pagas 4,20 € de IVA, pero lo descuentas en tu declaración.
  • En recargo de equivalencia, tu coste es 25,24 €: 20 € de base, 4,20 € de IVA y 1,04 € de recargo. Nada de eso se recupera.

Si cada venta te genera gastos que pagas tú, como el envío o el embalaje, súmalos aquí: en recargo, con su IVA; en régimen general, sin el IVA que puedas deducir.

Paso 2: decide cuánto quieres ganar

Hay dos maneras de plantearlo.

Una cantidad fija por artículo. Quieres ganar 10 €:

  • Régimen general: precio sin IVA = 20 + 10 = 30,00 €. Precio final = 30 × 1,21 = 36,30 €. De ese precio, 6,30 € son IVA; descontados los 4,20 € que pagaste, ingresas 2,10 € a Hacienda y te quedan tus 10 €.
  • Recargo: precio final = 25,24 + 10 = 35,24 €. Todo lo que cobras es tuyo y ya has pagado los impuestos al comprar.

Un porcentaje de margen sobre la venta. Quieres que el beneficio sea el 30 % del precio:

  • Régimen general: precio sin IVA = 20 ÷ 0,70 = 28,57 €. Precio final = 28,57 × 1,21 = 34,57 €, con 8,57 € de beneficio.
  • Recargo: precio final = 25,24 ÷ 0,70 = 36,06 €, con 10,82 € de beneficio. Aquí el margen se mide sobre todo lo que cobras, porque te lo quedas entero.

Paso 3: redondea y compara con el mercado

El resultado es un mínimo, no un precio. Redondéalo y compáralo con lo que se paga de verdad por algo parecido y en el mismo estado. Si el mercado está por debajo, el problema no se arregla con fórmulas: o bajas el coste o eliges otros artículos. La calculadora de reventa te ayuda a hacer estas cuentas con tu caja.

Por qué el recargo pesa más con márgenes bajos

Si comparas el mismo artículo en los dos regímenes, aparece una regla útil. En recargo te quedas el IVA que corresponde a tu margen, el 21 % de la diferencia entre lo que vendes y lo que compras sin IVA, pero pagas por adelantado un 5,2 % de tu coste. Las dos cosas se igualan cuando vendes, sin IVA, en torno a un 24,8 % por encima del coste.

Precio de venta sin IVABeneficio en régimen generalBeneficio en recargo
24,00 € (20 % sobre el coste)4,00 €3,80 €
25,00 € (25 % sobre el coste)5,00 €5,01 €
30,00 € (50 % sobre el coste)10,00 €11,06 €

Ejemplo con coste de 20 € sin IVA, todo al 21 % y sin otros gastos. La conclusión práctica: si estás en recargo y trabajas con márgenes muy ajustados, el recargo se come una parte mayor de tu beneficio. No lo pierdas de vista al elegir qué compras.

Cómo mostrar el precio en el anuncio

Si vendes a consumidores, la ley de consumidores exige que la oferta indique el precio final completo, con los impuestos incluidos, y que informe de los gastos adicionales que repercutas, como el envío. En la práctica:

  • En régimen general, anuncia el precio con IVA: 36,30 €, no «30 € + IVA».
  • En recargo, el precio que anuncias también lleva el IVA incluido. El recargo nunca aparece: es un asunto entre tu proveedor y tú.
  • Si vendes a empresas, puedes hablar de precios sin IVA, pero deja claro qué cifra es y cuánto IVA se añade.

Errores frecuentes

  • Quitar el IVA restando un 21 %. 36,30 € menos un 21 % son 28,68 €, no 30 €. Hay que dividir entre 1,21.
  • Sumar un porcentaje al coste y llamarlo margen. Si a 20 € le sumas un 30 %, vendes a 26 € y tu margen sobre la venta es del 23 %, no del 30 %.
  • Olvidar el recargo como coste. En recargo, el 5,2 % no se recupera: forma parte de lo que te cuesta el artículo.
  • Cobrar el recargo al cliente. La Ley del IVA lo prohíbe: el minorista repercute solo el IVA del tipo que corresponda.
  • Gastar el IVA cobrado en régimen general. No es tuyo: tendrás que declararlo e ingresarlo.

Al beneficio que sale de estas cuentas le falta todavía el impuesto sobre la renta. Para tu caso concreto, consulta con tu asesoría o con la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se quita el IVA a un precio?

Divide el precio entre 1,21 si el IVA es del 21 %. Por ejemplo, 36,30 ÷ 1,21 = 30 €. Restar un 21 % da un resultado incorrecto.

¿Cómo calculo el precio de venta para ganar un porcentaje?

Divide el coste entre (1 − margen). Para un 30 % de margen sobre la venta y un coste de 20 €, el precio sin IVA es 20 ÷ 0,70 = 28,57 €. En régimen general, añade después el IVA.

¿El recargo de equivalencia se cobra al cliente?

No. El minorista repercute a sus clientes solo el IVA del tipo que corresponda; la Ley del IVA le prohíbe incrementarlo con el recargo.

¿Cuánto es el recargo de equivalencia con un IVA del 21 %?

El 5,2 % sobre la base. Con IVA del 10 % es el 1,4 % y con IVA del 4 %, el 0,5 %.

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