Revisar productos · 9 de octubre de 2026 · 4 min de lectura
Cámara de vigilancia en casa: qué puedes grabar y qué no según la AEPD
En resumen
Si la cámara solo graba el interior de tu casa, es uso doméstico y no se aplica la normativa de protección de datos. Si capta el exterior, solo puede grabar una franja mínima del acceso a tu vivienda, nunca la calle, las casas vecinas ni zonas comunes ajenas. Entonces necesitas cartel informativo, contraseña segura y borrar las imágenes en un mes como máximo, según la Agencia Española de Protección de Datos.
La pregunta clave: ¿qué ve la cámara?
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) lo plantea de forma sencilla en su ficha sobre cámaras para vigilar la vivienda:
- Si la cámara solo capta el interior de tu casa, se considera una actividad personal o doméstica y no se aplica la normativa de protección de datos.
- Si puede captar a personas en el exterior (entradas, espacios comunitarios, medianerías…), entonces sí se aplica, con todas sus obligaciones.
Así que antes de pensar en marcas o resolución, piensa en el encuadre. Eso decide casi todo.
Qué puedes grabar en el exterior
Según la AEPD:
- Las imágenes deben limitarse a la vivienda de la que eres titular.
- No puedes grabar la vía pública, con una excepción: una franja mínima de los accesos a tu casa, y solo si es imprescindible para la finalidad de seguridad.
- No puedes grabar terrenos ni viviendas vecinas, ni ningún otro espacio ajeno.
- Si la cámara es orientable o tiene zoom, tienes que configurar máscaras de privacidad para que no capte la calle ni las casas de terceros.
En la práctica, una cámara en la fachada que enfoca tu puerta y un palmo de acera puede ser aceptable. Una que barre toda la calle o el patio del vecino, no.
Comunidades de vecinos
Si vives en un piso, el rellano, el portal o el garaje no son tuyos, son zonas comunes. La guía de la AEPD indica que instalar cámaras en zonas comunes requiere el acuerdo de la junta de propietarios según la Ley de Propiedad Horizontal, y que esas cámaras solo pueden captar las zonas comunes, con la misma excepción de la franja mínima del acceso al edificio.
Una cámara particular que apunta al rellano para vigilar quién pasa no es lo mismo que una instalada por la comunidad con acuerdo de la junta.
Si graba fuera: las obligaciones
Cuando tu cámara capta algo del exterior, la ficha de la AEPD recoge estas obligaciones:
- Cartel informativo bien visible en los accesos a la zona vigilada. Debe indicar quién es el responsable, ante quién ejercer los derechos de protección de datos y dónde obtener más información. La AEPD ofrece un modelo de cartel descargable.
- Registro de actividades de tratamiento, un documento interno que se puede preparar con la herramienta gratuita Facilita RGPD de la propia Agencia.
- Acceso restringido. Solo el responsable puede ver las imágenes. Si se accede por internet, con usuario y contraseña que solo conozca esa persona.
- Conservación máxima de un mes. Pasado ese plazo, las imágenes se borran. Si sirven para denunciar un delito, se entregan con la denuncia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o al juzgado.
- Nada de otros usos. Las imágenes no se pueden utilizar para otros fines, como subirlas a redes sociales.
Encargar la instalación a una empresa no te libra de cumplir: el titular sigue siendo responsable.
Mirillas digitales y videoporteros
La guía de la AEPD considera que los videoporteros y las mirillas digitales quedan en el ámbito doméstico siempre que no reproduzcan ni graben imágenes. Si tu mirilla graba o envía clips a la nube cada vez que alguien pasa por el rellano, ya hace algo más que una mirilla tradicional y entra la normativa.
¿Y las cámaras falsas?
Las cámaras simuladas no tratan datos personales, así que no se les aplica el Reglamento General de Protección de Datos. Ojo con un matiz: si es una cámara real desconectada o que puede activarse sin mucho esfuerzo, la AEPD considera que sí deben aplicarse los principios de protección de datos.
Si la usas para vigilar a quien trabaja en casa
Grabar a una persona que trabaja en tu vivienda, por ejemplo una empleada del hogar o un cuidador, ya no es un uso puramente doméstico: entra en el terreno del control laboral, con sus propias reglas de información previa. La AEPD tiene una ficha específica de cámaras para control laboral; léela antes de instalar nada.
Seguridad: que tu cámara no sea una ventana abierta
Una cámara wifi mal configurada puede acabar mostrando tu casa a quien no debe. Antes de usarla:
- Cambia la contraseña que trae de fábrica por una larga y que no se pueda adivinar. La AEPD lo recomienda expresamente tras la instalación.
- Actualiza el firmware desde la app oficial del fabricante.
- Activa la verificación en dos pasos de la cuenta, si la app lo permite.
- Revisa qué se guarda en la nube y durante cuánto tiempo, para no superar el mes si graba exterior.
Si la cámara es de segunda mano o de una devolución
Una cámara que ya ha usado otra persona puede seguir vinculada a su cuenta. Haz esto antes de instalarla:
- Restablécela de fábrica con el botón de reset. Te explicamos el proceso general en restablecer de fábrica dispositivos paso a paso.
- Comprueba que no aparece en otra cuenta. Si la app dice que el dispositivo ya está vinculado, el anterior dueño debe liberarlo.
- Revisa la tarjeta de memoria, si la trae, y formatéala: puede contener grabaciones de otra persona.
- Busca el manual oficial para configurar las máscaras de privacidad: cómo descargar el manual.
Y si la vas a vender tú, borra tus grabaciones y desvincúlala de tu cuenta. Lo contamos en borrar tus datos antes de vender.
En las cajas de electrónica pueden salir artículos de hogar conectado, pero el contenido es sorpresa y no se garantiza ningún producto concreto. Puedes ver cómo funciona la caja de electrónica.
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner una cámara que grabe la calle desde mi casa?
No. La AEPD solo admite captar una franja mínima de los accesos a tu vivienda cuando sea imprescindible. La vía pública, las casas vecinas y los espacios ajenos no se pueden grabar.
¿Cuánto tiempo puedo guardar las grabaciones?
Si la cámara capta exterior, como máximo un mes. Solo se conservan más si se entregan con una denuncia a la policía o al juzgado.
¿Necesito cartel si la cámara solo graba dentro de casa?
No. Grabar solo el interior de tu vivienda es un uso doméstico al que no se aplica la normativa de protección de datos.
¿Puedo poner una cámara en el rellano de mi edificio?
El rellano es zona común. La AEPD indica que las cámaras en zonas comunes requieren el acuerdo de la junta de propietarios.